>> /S /Transparency /FontName /ABCDEE+Calibri Solicitar la ejecución judicial de la garantía conforme al Código Procesal Civil; o 3. /Tabs /S >> endobj La apropiaci�n del bien proceder� luego de la entrega del aval�o definitivo o de la remisi�n de la comunicaci�n a EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) que contenga el valor de la publicaci�n especializada cuando corresponda. GARANTIZADO”, indistintamente, quien puede ser localizado en su /Parent 1 0 R /AvgWidth 479 SEGUNDA - OBLIGACI�N(ES) GARANTIZADA(S): EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) garantiza(n) a trav�s del presente contrato cualquier obligaci�n presente, pasada o futura que conjunta o separadamente haya(n) adquirido o adquiera(n) con EL ACREEDOR GARANTIZADO, conforme con los montos, condiciones y plazos que se estipulen en los documentos que las instrumentan, sus intereses corrientes y moratorios, seguros, derechos de registro del presente contrato, honorarios judiciales, gastos y costos de cobranza extrajudicial y/o judicial, gastos de ejecuci�n, de inspecci�n y guarda, de recaudo, comisiones, arancel judicial o su equivalente, o cualquier otro rubro en contraprestaci�n de servicios adicionales que le haya prestado EL ACREEDOR GARANTIZADO y dem�s obligaciones accesorias, o derivada de da�os y perjuicios ocasionados por el incumplimiento del presente contrato, as� como todos los gastos a que haya lugar, hasta su pago total, sumas de dinero que se obliga(n) a cancelar con dineros de proveniencia licita. /ExtGState << Nacional de las Personas de Guatemalaquienes vuelven a firmar el WebCONTRATO DE GARANTIA MOBILIARIA VEHICULAR (DEUDOR) Conste por el presente documento el Contrato de GARANTIA MOBILIARIA VEHICULAR que celebran de una … Caso contrario, dicho plazo se computará a partir de recibidos el(los) bien(es) por este último. /S /Transparency endobj Indicación de los datos de inscripción del bien mueble en un Registro Jurídico de Bienes, cuando corresponda. PAR�GRAFO TERCERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) se obliga(n) a pagar y, por tanto, autoriza cargar a la(s) obligaci�n(es) garantizada(s) las sumas de dinero que con ocasi�n a la contrataci�n del seguro anteriormente mencionado acredite haber pagado EL ACREEDOR GARANTIZADO, as� como sus intereses moratorios, aceptando para el efecto como suficiente prueba los certificados emitidos por el intermediario y/o compa��a de seguros respectiva. PARAGRAFO SEGUNDO: Iniciada la ejecuci�n de la garant�a mobiliaria, cesar� la tenencia autorizada de EL BIEN en manos de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), sin necesidad de constituirlo(s) en mora, a la cual renuncia(n) expresamente, por lo que EL ACREEDOR GARANTIZADO, de conformidad con lo acordado en este contrato y facultado por lo dispuesto en el art�culo 75 de la Ley 1676 de 2013, podr� asumir el control y la tenencia de EL BIEN. DECIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 2. En caso de desposesión puede pactarse la entrega del bien afectado en garantía al acreedor garantizado o a un tercero depositario. /Font << Los derechos a dividendos o a utilidades de sociedades. /F2 15 0 R En ese sentido, en el artículo 14 de la Ley 1676 del 2013 se estableció que los contratos de garantías mobiliarias, incluyendo el contrato de prenda mercantil, deben formalizarse mediante documento escrito, colocando al menos el nombre, identificación y firmas de las partes, señalar el monto máximo cubierto por la garantía … Naturaleza Jurídica: Es una institución pública creada dentro del ámbito estatal, sin personalidad jurídica; la cual tiene sus propios principios, doctrinas y legislación. /Name /F1 Una vez EL ACREEDOR GARANTIZADO tome posesi�n material de EL BIEN, lo trasladar� al lugar establecido por �l. Se ordena por un sistema de folio electrónico personal. Las concesiones privadas que sean muebles y que no tengan carácter personalísimo. Ronald F. Clayton endobj /Font << instrumento. h) Permitir la revisi�n del dispositivo de localizaci�n vehicular por parte del prestador del servicio de localizaci�n, o quien este designe para tal asunto, cuando sea requerido por aquel. El acreedor garantizado, en caso de que tuviese la posesión del bien mueble, tendrá la calidad de depositario y deberá cuidarlo y mantenerlo en buen estado. endobj All rights reserved. /Type /Page 5 En caso de bienes no registrados, la declaración jurada del constituyente sobre su condición de propietario del bien mueble afectado en garantía mobiliaria. /XObject << N° 20553849161 y domicilio en … << Webcontrato de garantÍa mobiliaria sobre vehÍculo (s) automotor (es) Conste por el presente documento privado, con firma notarialmente legalizada el CONTRATO DE … De no llegarse a una conciliaci�n, las oposiciones ser�n resueltas por el juez civil competente seg�n la jurisdicci�n prevista en el C�digo General del Proceso de conformidad con el procedimiento previsto en la Ley 1676 de 2013 y en sus disposiciones reglamentarias. La obligación de informar, por conducto notarial, al acreedor garantizado sobre la ubicación, traslado, venta, transformación o transferencia del bien mueble afectado en garantía mobiliaria, que no está incorporado en un Registro Jurídico. Todo bien mueble dado en arrendamiento financiero o arrendado. /F2 15 0 R 13 0 obj uno, san José Pinula, Guatemala, comparece el señor JOSÉ MANUEL [email protected] Si LOS CONSTITUYENTES incurren en las causales de resolución establecidas en los numerales 7.4, 7.5 y 7.8 de la cláusula sétima del presente contrato. de Guatemala, Guatemala, Y señor JOSE MANUL FIGUEROA << endobj La descripción específica o genérica de la obligación garantizada, según lo acuerden las partes. /Parent 1 0 R Audiencia DE Ofrecimiento DE Prueba Probatorio, Aportes de los Filósofos a la Administración, Contrato DE Compraventa DE BIEN Inmueble CON Reserva DE Usufructo Vitalicio, Modelo de Memorial de Interposición de Recurso Administrativo, Autoevaluación Capitulo 5 del libro Pensadores Positivos Obtienen Resultados Poderosos de Norman Vicent Peale, Mapa Mental - fundamentos de la mercadotecnia, Guías conseptuales 1 a 2. identifica con el Documento Personal de identificación con Código Ley Modelo Interamericana sobre Garantías Mobiliarias. Si se perdiere o destruyere el bien dado en garantía mobiliaria, éste será pagado por el acreedor garantizado, quien sólo podrá eximirse de esta obligación, probando que no se perdió o destruyó por su culpa. PARAGRAFO SEGUNDO: Las partes del presente contrato acuerdan que iniciado el mecanismo de Ejecuci�n Especial de la Garant�a, EL BIEN podr� ser vendido directamente por EL ACREEDOR GARANTIZADO, por un precio equivalente al que resulte de la valoraci�n previa de EL BIEN, conforme a lo previsto en el Par�grafo Cuarto de la cl�usula Novena de este contrato. >> 4. De ser el caso, si LOS CONSTITUYENTES transforman en un segundo bien mueble el(los) bien(es) otorgado(s) en garantía mobiliaria, estarán obligados a comunicarlo a LA CAJA mediante carta notarial, dentro de los cinco días contados 9 a partir de la fecha en la que ocurra la transformación, detallando las características del(de los) nuevo(s) bien(es) mueble(s). Deudor: la persona obligada al cumplimiento de la obligación garantizada. /Parent 1 0 R /CS /DeviceRGB 6 El derecho de obtener frutos o productos de cualquier bien. El acreedor garantizado podr� inspeccionar EL BIEN, as� como el cumplimiento de las obligaciones relacionadas a �ste, y a cargo EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), tales como vigencia de seguros, revisi�n t�cnico mec�nica, pago de impuestos y multas. EL REPRESENTANTE difundirá al mercado la venta del(de los) bien(es) afectos en garantía, utilizando a su exclusiva elección uno o más de los siguientes medios: a) Comunicaciones directas a los interesados: a través de comunicaciones escritas, mensajes electrónicos, comunicaciones telefónicas. El plazo para la venta será de 90 días, si no se realiza pasará sucesivamente y por el mismo plazo a instancias del segundo o ulteriores acreedores. Depositario: la persona natural o jurídica que custodia el bien mueble, materia de la garantía mobiliaria. endobj /F3 19 0 R PAR�GRAFO PRIMERO: En el evento que el valor del bien enajenado o apropiado en pago, sea superior al valor de la obligaci�n garantizada EL ACREEDOR GARANTIZADO entregara el valor del saldo a la Entidad Autorizada, para que constituya los dep�sitos judiciales a favor de quien corresponda, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo PSAA16-10451 del Consejo Superior de la Judicatura o aquel que lo modifique o sustituya. /StructParents 7 Pasados cinco (5) d�as comunes a partir del vencimiento de la fecha para la entrega voluntaria de EL BIEN a EL ACREEDOR GARANTIZADO o a la persona que este hubiere designado, sin que el EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) hubiera cumplido con esta obligaci�n, de conformidad con lo pactado en este contrato, El ACREEDOR GARANTIZADO podr� deshabilitar el sistema el�ctrico o electr�nico de EL BIEN, a trav�s de los dispositivos que se le haya instalado, si es del caso, y determinar su ubicaci�n mediante sistemas de ubicaci�n satelital, previa informaci�n a EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) 24 horas antes del uso de tal mecanismo, de esta forma EL ACREEDOR GARANTIZADO podr� tomarlo en cualquier lugar donde se encuentre y retenerlo bajo la responsabilidad y a costa de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), de conformidad con lo informado e instruido en la comunicaci�n de que trata el par�grafo primero anterior. Único de Identificación número mil quinientos cincuenta y tres NOVENA: LA CAJA, a su solo criterio, podrá exigir a LOS CONSTITUYENTES mantener asegurado el(los) bien(es) otorgado(s) en garantía contra todo riesgo, incluyendo incendio, terremoto, explosión, vandalismo, terrorismo, daño malicioso, daños por agua, y cualquier otro que LA CAJA pueda señalarle en el futuro, en una compañía de seguros autorizada a operar en el país por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP a satisfacción de LA CAJA y por una suma no menor al saldo deudor. E n la ciudad de Guatemala, el veintiocho de abril de dos mil veintidós, /StemV 47 Copyright © 2023 StudeerSnel B.V., Keizersgracht 424, 1016 GC Amsterdam, KVK: 56829787, BTW: NL852321363B01, Metodologia de la investigacion (Ingeniería en sistemas 1er semestre), Derecho Procesal de Trabajo (Derecho Procesal de Trabajo), Fundamentos de la Economía (Mercadotecnia), Análisis histórico del arte y del diseño (30631), Protección Internacional de los Derechos de la Persona, Procesos Psicoterapéuticos Analíticos (3572-505), Pasos-Legalización de Documentos Provenientes del Extranjero, Capitulo 3 - Resumen Compendio de Robbins y Cotran. >> La identificación y la descripción del bien mueble afectado en garantía mobiliaria. /GS8 31 0 R 5 Permitir a LA CAJA las visitas de inspección al(a los) bien(es) afectos en garantía, sin necesidad de aviso previo, para verificar su cantidad, calidad y estado de conservación, obligándose a proporcionar al inspector o inspectores designados por LA CAJA el libre acceso a los bienes. Constituyente: la persona, sea el deudor o un tercero, que constituye la garantía mobiliaria conforme a La ley de la garantía mobiliaria. sin necesidad de cobro o requerimiento alguno. /F2 15 0 R WebCONTRATO DE PRESTAMO CON GARANTIA MOBILIARIA Contrato Página 3 de 10 comisiones, gastos y cualquier otro conexo al crédito otorgado en virtud de este … /Tabs /S Clasificación de las universidades del mundo de Studocu de 2023. 9 0 obj 2 En caso de incumplimiento de las obligaciones garantizadas, entregar la posesión del(de los) bien(es) a EL REPRESENTANTE para su venta o, en su defecto, a LA CAJA cuando ésta les notifique su decisión de proceder a la ejecución de la garantía mobiliaria, dentro de las 48 horas de recibida la correspondiente comunicación. b) Entregar la informaci�n requerida por el Registro de Garant�as Mobiliarias, administrado por la Confederaci�n Colombiana de C�maras de Comercio (Confec�maras) o cualquier entidad que en el futuro sea designada para ese fin, para la inscripci�n del presente contrato y sus posteriores modificaciones, as� como para que agregue o sustituya los bienes dados en garant�a, conforme con la Ley 1676 de 2013 y dem�s normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan. /Type /Group único de Identificación número mil seiscientos veinte espacio cero /GS7 30 0 R /Type /Page k) Cuando EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cancele o suspenda el servicio de localizaci�n vehicular, active el encendido del veh�culo cuando este haya sido deshabilitado por EL ACREEDOR GARANTIZADO y deshabilite de la plataforma de localizaci�n vehicular los usuarios que representen al EL ACREEDOR GARANTIZADO, sin la previa y escrita autorizaci�n de este �ltimo; en los eventos en los que aplique este servicio. /StructParents 1 >> WebModelo Demanda de Ejecución Garantía Mobiliaria Nicaragua. /F2 15 0 R Si hubiese gravámenes posteriores a la garantía mobiliaria materia del presente contrato, EL REPRESENTANTE consignará a la orden del juez el saldo del precio de venta que hubiese después de haberse hecho cobro LA CAJA. Derechos y deberes del constituyente y del eventual adquirente o depositario El constituyente o, en su caso, el eventual adquirente del bien mueble afecto en garantía mobiliaria, tendrá, salvo pacto distinto, los siguientes derechos y deberes: El derecho de usar, disfrutar y disponer del bien mueble afectado en garantía mobiliaria, incluidos sus frutos y productos. Excepcionalmente, el acreedor garantizado podrá ejecutar la garantía mobiliaria antes del vencimiento de la obligación garantizada, cuando cuente con fundamentos razonables y objetivos de que el bien mueble dado en garantía mobiliaria no se encuentra debidamente conservado o descubriera otras circunstancias que pudieran dificultar o hacer imposible la ejecución de la garantía mobiliaria. /Tabs /S >> mensual, pagos que deberá hacer EL ACREEDOR GARANTIZADO , /BaseFont /ABCDEE+Calibri TERCERA - EXTENSI�N DE LA GARANT�A: La garant�a mobiliaria constituida sobre EL BIEN comprende todos los mecanismos, piezas o partes que se usen accesoriamente en �l, o que en el futuro se le agreguen o adicionen, as� como los que se puedan identificar como provenientes de EL BIEN originalmente gravado, incluyendo sus bien (es) derivados y atribuibles, en los t�rminos de su definici�n contenida en el art�culo 8 de la Ley 1676 de 2013 y dem�s normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan. S�PTIMA - OBLIGACIONES DE EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES): Las partes acuerdan como obligaciones a cargo de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) las siguientes: a) Cancelar la totalidad de los gastos que se ocasionen con el otorgamiento, inscripci�n inicial, modificaci�n, pr�rroga, transferencia, ejecuci�n, cancelaci�n o restituci�n del presente contrato en el Registro de Garant�as Mobiliarias, as� como asumir los gastos derivados de la prestaci�n de servicios de localizaci�n vehicular; b) En caso de que EL ACREEDOR GARANTIZADO se vea precisado a promover gestiones extrajudiciales, o cualquier acci�n judicial, o la ejecuci�n de la garant�a mobiliaria a trav�s de cualquiera de los mecanismos establecidos en la Ley 1676 de 2013 y dem�s normas que la reglamenten, adicionen, modifiquen o sustituyan, para obtener el pago(s) de la(s) obligaci�n(es) garantizada(s), EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) asumir�(n) todos los gastos y costos que se ocasionen con ello, incluyendo pero sin limitarse a: tarifas, expensas, aval�os al momento del otorgamiento o ejecuci�n de la garant�a, arancel judicial o su equivalente, honorarios de abogado, gastos de la aprehensi�n, comisiones de venta, impuestos, certificados y peritajes; c) Asumir los impuestos, gastos de matr�cula, licencia de circulaci�n, placas, tasas, contribuciones, multas y sanciones por infracciones, indemnizaciones a terceros por da�os ocasionados con su utilizaci�n, y en general, la totalidad de los gastos que puedan derivarse del uso, tenencia, guarda y custodia de EL BIEN, conforme con su naturaleza y destinaci�n, as� como cualquier otro que se acredite durante la vigencia del contrato y como resultado de la ejecuci�n; d) Mantener EL BIEN en perfecto estado de funcionamiento y presentaci�n, ejecutando a su costa todas las reparaciones que para ello fueren necesarias, teniendo en la conservaci�n del bien gravado, las obligaciones y responsabilidades del depositario, las cuales ejercer� a t�tulo gratuito; e) Informar al ACREEDOR GARANTIZADO cualquier cambio de domicilio o residencia o direcci�n de correo electr�nico dentro de los diez (10) d�as siguientes a la fecha de su ocurrencia, as� como de cualquier traslado de EL BIEN fuera del pa�s, para lo cual deber� obtener autorizaci�n expresa por parte de EL ACREEDOR GARANTIZADO; f) Comunicar por escrito a EL ACREEDOR GARANTIZADO sobre cualquier situaci�n que pueda poner en peligro la existencia material de EL BIEN, as� como la presencia de medidas de car�cter judicial que recaigan sobre el mismo, tan pronto como tenga conocimiento de la situaci�n; g) Permitir que en cualquier momento EL ACREEDOR GARANTIZADO, a trav�s de sus empleados o terceras personas contratadas para el efecto, inspeccione EL BIEN, para verificar su existencia, conservaci�n, estado y condiciones, as� como colocar EL BIEN a disposici�n de EL ACREEDOR GARANTIZADO dentro de los tres (3) d�as h�biles siguientes al recibo de la comunicaci�n dirigida a la direcci�n registrada por EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES), en la que se solicita la presentaci�n de EL BIEN para el efecto. PAR�GRAFO CUARTO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para que solicite y reciba de la aseguradora todas las sumas provenientes del pago de siniestros con el objeto de abonarlas a su(s) obligaci�n(es) en el orden convenido en el(los) pagar�(s), y colocar inmediatamente a disposici�n de EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) cualquier remanente que llegare a existir. /XObject << /GS8 31 0 R << /Type /Page de dinero que pagará de conformidad con las siguientes legales del presente Instrumento, así como de la obligación relativa a >> /ExtGState << /Type /Font Se deja expresa constancia que la garantía mobiliaria constituida por el presente contrato garantiza todas las obligaciones presentes y futuras, directas e indirectas, asumidas por LOS CONSTITUYENTES frente a LA CAJA. �� � bjbjoo La descripción de los bienes en garantía, en el entendido de que dicha descripción podrá realizarse de forma genérica o especifica. Learn how we and our ad partner Google, collect and use data. WebEL CONSTITUYENTE declara bajo juramento que LOS BIENES que afecta en garantía mobiliaria son de su libre disposición y uso, y que a la fecha no existe ningún gravamen, … /Type /Pages /Ascent 905 Mantener comunicación con registros existentes o futuros. VIGESIMO PRIMERA: Todos los gastos e impuestos que devengue este contrato, así como los derechos notariales y registrales que ocasione, serán de cuenta única y exclusiva de LOS CONSTITUYENTES. Se reduce la calificación registral gracias a la automatización. i) Abstenerse de manipular, apagar, retirar y/o sustraer el dispositivo de localizaci�n vehicular. English (selected) Español; De no ser posible la entrega de EL BIEN por los mecanismos de entrega y aprehensi�n acordados en el presente contrato, proceder� la aprehensi�n y entrega de EL BIEN con la participaci�n de la autoridad jurisdiccional competente. WebLos comparecientes me aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles y que por el presente Instrumento otorgan CONTRATO DE MUTUO CON GARANTÍA MOBILIARIA, contrato faccionado de acuerdo a las siguientes cláusulas; PRIMERA: Manifiesta EL ACREEDOR GARANTIZADO, que por el presente contrato hace entrega … Derechos Reales, Segunda Edición, Guatemala, 2009. /Parent 1 0 R /Type /Page /Filter /FlateDecode /GS8 31 0 R >> La garantía mobiliaria es definida como el derecho real de garantía por el cual un deudor asegura el cumplimiento de una obligación, mediante la entrega de un bien mueble al acreedor u otra persona autorizada, pudiendo realizarse con o sin desplazamiento del bien, es decir que puede no entregarse el bien y solo constituirse la garantía sobre el mismo. /Length 78285 : ; � � � � � � � � � � � � � � � � � � d� � $If gd� � $a$gd� � $a$gd� � $@&. PLACA�CHASIS�MODELO�CILINDRAJE�MARCA�SERVICIO�COLOR�MOTOR�CLASE�L�NEA�CARROCER�A�CAPACIDAD�SERIE�PUERTAS� PAR�GRAFO PRIMERO: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) no podr�(n) transformar, gravar o enajenar en todo o en parte EL BIEN, ni constituir otras garant�as mobiliarias sobre el mismo, sin consentimiento previo y escrito de EL ACREEDOR GARANTIZADO, so pena de declarar extinguido el plazo de la(s) obligaci�n(es) garantizadas a trav�s del presente contrato. << >> /Tabs /S /CS /DeviceRGB Guatemala, a quien en el presente instrumento se le denominará por x��} |�չ�9��[f2Y`�0$,����Y��0� B&�$��dA# jD�]�*j�*.��w\�V�Z[�[���V�Z��@����9!P�����^�{�|�8c̍=[RR>w���ܷ�)�S7��*Y^8�y+c��f�?Y:kA� e��odL=����Ϗ�cJ��t�^���2~�}vy`�N7�+��2V����±_�ٽ�^C�U5M���[�}���ﮚ�Q5v�/3v���Z뛾�b����o�_lke���F}W}cG���q1c�Q��rC(X�i�a7�� 08n7���%�ih�n�ު�����ݾ.i���:�EyVcKM�Ĵ�����ؠ�M���9��.�F��l La fecha cierta del acto jurídico constitutivo. El nombre o razón social, documento oficial de identidad y domicilio del depositario, si fuera el caso. As� mismo, la garant�a mobiliaria se extiende a la indemnizaci�n que llegare a existir por virtud del seguro contra todo riesgo propio o ajeno que se contrate sobre EL BIEN. PAR�GRAFO: En trat�ndose de veh�culos de servicio p�blico, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) constituye(n), igualmente, por el presente documento Garant�a Mobiliaria sobre el �cupo� o �derecho de reposici�n�, raz�n por la cual la garant�a se extiende adem�s del veh�culo a dicho derecho, por lo que en caso de ejercicio de los mecanismos de pago directo, ejecuci�n especial, daci�n en pago o adjudicaci�n judicial del bien, EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) renuncia(n) a reclamar el �cupo� o �derecho de reposici�n� sobre EL BIEN. de Guatemala, Guatemala, a quien en el presente instrumento se le endobj 12 0 obj voluntad expresa de ambas partes se considera devengará una tasa >> El(los) bien(es) objeto de la subasta se sujetarán a las siguientes condiciones para su ejecución: a) El precio base será el equivalente al 75% de la valorización del(de los) bien(es) fijada en la cláusula Quinta de este contrato o de la tasación que ordene LA CAJA, en caso a su criterio sea conveniente efectuar tasación distinta. >> /XHeight 250 EL Patrimonio Guias conceptuales 1 a 2, Equilibrio acido base adriana khan sag 202045841, Memorial DE Demanda DE Extincion DE Pension Alimenticia ezequiel. close menu Language. 4 Es expresamente convenido que en caso LOS CONSTITUYENTES dañaran el(los) bien(es) otorgados en garantía mobiliaria, LA CAJA podrá, a su criterio, exigir la entrega del(de los) mismo(s) en depósito a una tercera persona, solicitar la entrega de uno o más bienes muebles de igual o mayor valor para reemplazar al(a los) bienes dañados o deteriorados a los cuales reemplazarían; o proceder a la ejecución de la garantía. D�CIMA QUINTA - AUTORIZACIONES: EL(LOS) GARANTE(S) Y/O DEUDOR(ES) autoriza(n) a EL ACREEDOR GARANTIZADO para: a) Llenar todos los espacios en blanco que quedaren por completar al momento de la suscripci�n del presente contrato, en especial los relacionados con la identificaci�n de EL BIEN, los cuales se diligenciaran conforme con la factura de venta expedida por el proveedor del mismo. >> podrá denominar por su nombre o como “ACREEDOR endobj >> 15.4 Si el valor del bien(es) otorgado(s) en garantía conforme a este contrato fuere mayor que el monto de la deuda, LA CAJA deberá pagar la diferencia a EL REPRESENTANTE dentro de un plazo de diez días de recibida por LOS CONSTITUYENTES la comunicación notarial a que se refiere el numeral 15.1 precedente, siempre que LOS CONSTITUYENTES hayan cumplido con la entrega del(de los) bien(es) a EL REPRESENTANTE. /Widths 14 0 R En esta clasificación también entran los inmuebles por destino, pues son bienes muebles que están reservados al uso o beneficio de un bien inmueble, aunque puedan separarse de él sin detrimento o depreciación. Los derechos patrimoniales de autor, de inventor, de patente, nombres comerciales, marcas y otros similares. b) Publicaciones en páginas web y portales especializados en remates de internet. DECIMO SEGUNDA: LA CAJA podrá considerar vencidos todos los plazos y proceder al cobro del íntegro de lo adeudado y a la ejecución de la garantía mobiliaria constituida conforme al presente contrato, en uno cualquiera de los siguientes casos: 1. tiene por recibida a su entera satisfacción la cantidad de dinero >> f) Por el giro de cheques sin provisi�n de fondos o el no pago de los mismos, por causa imputable al girador o la entrega de los t�tulos valores aceptados por el acreedor respecto de los cuales se incumpla el pago. Panamericana Nº 250-260, inscrita en la Partida Electrónica N° 11000236, del Registro de Personas Jurídicas de Chiclayo, debidamente representada por su .........................., Sr. ................................., identificado con DNI Nº ....................., y por su ............................., Sr. ................................................., identificado con DNI Nº ................., según poderes inscritos en la aludida Partida Electrónica, a la que en adelante se le denominará LA CAJA; y de la otra parte, ..................................................., identificado con DNI N° .................., y su cónyuge, señora .............................................., con DNI N° ..................., ambos con domicilio común en .............................................. ................, a quienes en lo sucesivo se les denominará LOS CONSTITUYENTES; con la intervención de ....................................... (nombre o razón social de la persona natural o jurídica designada como representante) con DNI (RUC) N° ................., con domicilio en .............................................., (en caso de persona jurídica) inscrita en ......................................, debidamente representada por el señor ............................................, según poderes inscritos en ......................., a quien en adelante se le denominará EL REPRESENTANTE; en los términos y condiciones siguientes: (ver anexos) ANEXOS PRIMERA: LOS CONSTITUYENTES convienen en otorgar a favor de LA CAJA, primera y preferente Garantía Mobiliaria hasta por la suma de (signo monetario, monto, monto en letras) sobre el(los) bien(es) presente(s) de su propiedad, que se describe(n) en el Anexo I, el mismo que debidamente suscrito por las partes forma parte integrante del presente contrato, El Anexo I, precedentemente indicado, contiene la descripción del(de los) bien(es) otorgado(s) en garantía, en forma específica o genérica, según acuerdo de las partes y, si fuera el caso, la indicación de los datos de inscripción de dicho(s) bien(es) en un Registro Jurídico de bienes, cuando corresponda. /la () i) Cuando cualquiera de los suscriptores llegare a ser vinculado por parte de autoridades competentes a cualquier tipo de investigaci�n por delitos de narcotr�fico, terrorismo, secuestro, lavado de activos, financiaci�n del terrorismo, administraci�n de recursos relacionados con actividades terroristas. Las acciones o participaciones en sociedades o asociaciones, aunque sean propietarias de bienes inmuebles. /MediaBox [ 0 0 612 792 ] Elementos del contrato de garantía mobiliaria El contrato debe de garantía debe otorgarse por escrito y debe contener: La constitución de la garantía mobiliaria Datos y firmas que permitan la identificación de los contratantes.
Desatar ‑ Juegos De Logica, Habilidades Humanas De Un Administrador, Ensayo De Seguridad Informática Pdf, Chantilly En Spray Precio, Lápiz Para Dibujar En Papel, Concurso Docente Universitario 2022 Perú, Huevo Revuelto Con Manzana, Pampa Orégano Caracteristicas, Ejemplos De Casos Penales, En México, 10 Ejercicios De Pausas Activas, Jeff Kay Cobra Kai: Quién Es,